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Posts Tagged ‘pesca de cangrejos’

Ya en plena campaña de pesca de cangrejos, resumimos la normativa que regula esta actividad en Castilla y León para la temporada 2014.

La cuenca del Cadagua sigue vedada. Tampoco es posible pescar en los cotos trucheros ni en las zonas catalogadas este año como AREC, mientras esté abierta la veda de la trucha. Es imprescindible que repaséis cuáles son estos tramos -que suponen diferencias respecto 2013– para evitar que una jornada de campo y diversión se estropee por una multa fácilmente evitable.

Estas son algunas de las consideraciones generales de la normativa:
  • b)  El cangrejo rojo de las marismas (Procambarus clarkii) y el cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus) podrán ser capturados en las condiciones reguladas en la presente orden y en el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, pudiendo pescarse únicamente en las masas de agua relacionadas en el apartado 12.o de los anexos provinciales.
  • Tallas: Cangrejo rojo de las marismas y cangrejo señal: En consonancia con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 1 de la presente orden, no existe limitación en cuanto a la talla.
  • Cupos: 4. Cangrejo rojo de las marismas y cangrejo señal: Sin limitación.
  •  4. En la pesca del cangrejo solamente estará permitido el uso de cebos muertos. El empleo de trozos de pescado se considera, a estos efectos, como cebo muerto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.4 del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras, queda prohibida la utilización como cebo vivo o muerto de cualquier ejemplar de dichas especies o de sus partes y derivados.
  •  4. Pesca del cangrejo rojo de las marismas y del cangrejo señal: Para el calado de los reteles se podrá ocupar una longitud de orilla que no exceda de 100 metros por pescador, y respetando una distancia superior a 10 metros del retel del pescador inmediato. El tamaño máximo autorizado en los reteles será de 42 centímetros de diámetro. Todos los reteles deberán estar identificados con una tarjeta en la que conste el nombre, apellidos y D.N.I. del pescador.

En este enlace puedes ver cuáles son las zonas en las que está autorizada la pesca de cangrejos en Burgos, así como cuáles son los AREC y cotos en los que está vedada la pesca de cangrejos mientras está abierta la trucha.

 

 

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Pesca de cangrejos en Burgos

Los reteles no pueden tener más de 42 centímetros de diámetro. / http://www.eldiariomontanes.es

Este domingo 2 junio comienza la temporada de pesca de cangrejos en Castilla y León. Tanto el cangrejo rojo como el cangrejo señal son especies incluidas en la orden de vedas. Os dejamos un resumen de la normativa, aunque es recomendable que la consultéis al completo y de primera mano haciendo clic aquí (tened paciencia, que la página tarda un rato en cargar). Recordad también que está prohibido transportar las capturas vivas o devolverlas al agua. En la cuenca del Cadagua no está autorizada la pesca de cangrejos.

Pesca de cangrejos en Burgos

Desde el año pasado ya no existen tramos acotados para cangrejos. / http://www.marca.es

  • 1.4. El cangrejo rojo de las marismas (Procambarus clarkii) y el cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus) podrán ser capturados en las condiciones reguladas en la presente orden y únicamente en las masas de agua relacionadas en el apartado 11 de los Anexos provinciales. No obstante, no podrán devolverse a las aguas los ejemplares capturados, debiendo darse muerte a los mismos antes de abandonar el tramo de pesca. Estos ejemplares deberán retirarse del medio natural.
  • 2.3. Cangrejo rojo de las marismas: Desde el primer domingo de junio hasta el 31 de diciembre del 2013, ambos inclusive, con las excepciones establecidas en el apartado 11.º de los correspondientes Anexos provinciales.
2.4. Cangrejo señal: Desde el primer domingo de junio hasta el 15 de octubre del 2013, ambos inclusive, con las excepciones establecidas en el apartado 11.º de los correspondientes Anexos provinciales.
  • Cangrejo rojo de las marismas y cangrejo señal: En consonancia con lo dispuesto en el apartado 1.4 del artículo 1 de la presente orden, no existe limitación en cuanto a la talla.
  • Cupos: 5.3. Cangrejo rojo de las marismas: Sin limitación.
5.4. Cangrejo señal: Sin limitación.
  • 6.2.8. En la pesca del cangrejo solamente estará permitido el uso de cebos muertos. El empleo de trozos de pescado se considera, a estos efectos, como cebo muerto.
  • 7.4. Pesca del cangrejo rojo de las marismas y del cangrejo señal: El tamaño máximo autorizado en los reteles será de 42 centímetros de diámetro. Todos los reteles deberán estar identificados con una tarjeta en la que conste el nombre, apellidos y D.N.I. del pescador.
 En aquellas aguas declaradas trucheras en las que estuviera autorizada la pesca del cangrejo se procurará evitar el tránsito por las graveras del cauce durante los meses de noviembre y diciembre, al objeto de evitar daños a la freza de la trucha durante su período de reproducción

    Pesca de cangrejos en Burgos

    Cangrejo señal. / http://www.marca.es

  • Burgos: Apartado 11.º– Masas de agua en las que se permite la pesca del cangrejo rojo de las marismas (Procambarus clarkii) y del cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus).
  • Río Ebro: En todo su recorrido por la provincia de Burgos, incluído el embalse del Ebro, en Arija.
  • Río Nela: Desde el puente de Tubilla hasta la desembocadura en el río Ebro.
  • Río Trueba: Desde el puente de Villamezán hasta la desembocadura en el río Nela.
  • Río Oroncillo: Desde el puente de la autopista AP-1 situado aguas abajo de Ameyugo hasta su desembocadura en el río Ebro.
  • Río Duero: Desde su entrada en la provincia de Burgos hasta la salida de la provincia.
  • Río Riaza: Desde el puente de Torregalindo hasta la presa del canal del Riaza (límite superior del coto de pesca de Berlangas de Roa).
  • Río Arandilla: Desde la desembocadura del arroyo Fuente Gadea en la localidad de Coruña del Conde, hasta la desembocadura en el río Duero.
  • Río Gromejón: Desde el puente del FF.CC. en la localidad de Gumiel de Hizán hasta su desembocadura en el río Duero.

  • Río Arlanza I: Desde el puente de la piscifactoría La Pesquería en Quintanar de la Sierra hasta el puente de la carretera en la localidad de Palacios de la Sierra.
  • Río Arlanza II: Desde el puente de la localidad de Covarrubias hasta su salida de la provincia de Burgos.
  • Río Arlanzón: Desde el puente de la autovía Camino de Santiago A-231, en el término municipal de Tardajos, hasta la desembocadura en el río Arlanza.
  • Río Pisuerga: Todas sus aguas en la provincia de Burgos, salvo el tramo que comprende el coto intensivo de trucha arco iris La Campesina.
  • Río Valdivia: Todas sus aguas en la provincia de Burgos.
  • Canal de Castilla: En todo su recorrido por la provincia de Burgos.
  • Río Ausín: Desde el puente de Revillarruz hasta su desembocadura en el río Arlanzón.
  • Río Urbel: Desde el puente de Huérmeces hasta la desembocadura en el río Arlanzón.

IMPORTANTE: Edito este post porque, aunque no aparece en la normativa de pesca que la Junta facilita en su web, sí hay una modificación con fecha del 20 de junio. En ella especifica que está prohibida la pesca de cangrejos en el «período hábil de los tramos declarados como cotos de pesca, tramos libres sin muerte o escenarios deportivo-sociales que pudiesen encontrarse dentro de los límites descritos». 

NORMAS PARA LA PESCA DE CANGREJOS EN LA TEMPORADA 2014

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